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“DAR es una organización que busca integrar de manera coherente aspectos sociales, ambientales y económicos, en la definición de una visión de desarrollo sostenible del país”
NOTA INFORMATIVA Nº 713-2008-DAR
NORMAS:
24 de Julio
24 de Julio
CREAN COMISIÓN MULTISECTORIAL QUE SE ENCARGARÁ DE ANALIZAR LA ALTERNATIVA IV DEL ESTUDIO DE PRE-FACTIBILIDAD DEL PROYECTO ESPECIAL BINACIONAL PUYANGO – TUMBES (REGRESAR)
Mediante Resolución Suprema Nº 166-2008-PCM de fecha 23 de Julio de 2008 y publicada el 24 de Julio del presente año, se resuelve crear una Comisión Multisectorial que se encargará de analizar la Alternativa IV del estudio de pre-factibilidad del Proyecto Especial Binacional Puyango – Tumbes, proyecto que tiene como objetivo el mejoramiento de las condiciones socio-económicas de vida de los pobladores del departamento de Tumbes, a través del aprovechamiento racional de los recursos naturales de la cuenca del río Tumbes, la industrialización agrícola y pecuaria, regulación de caudales y control de inundaciones, y la protección las áreas agrícolas mediante el manejo de cuencas.
La Comisión que se ha creado por medio de la presente Resolución Suprema, estará conformada por:
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Un representante del Ministerio de Agricultura, quien la presidirá
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Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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Un representante del Instituto Nacional de Desarrollo – INADE, quien actuará como Secretario Técnico
Esta Comisión dependerá del Ministerio de Agricultura, y sus miembros serán designados por su respectiva entidad en un plazo de 3 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la Presente resolución, y luego de esto tendrán y plazo de 7 días hábiles para instalarse.
Las funciones de esta comisión son las siguientes:
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Analizar la Alternativa IV del estudio de pre-factibilidad del Proyecto Especial Binacional Puyango – Tumbes
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Proponer un esquema de desarrollo del Proyecto componente nacional
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Revisar términos de referencia para el estudio de pre-factibilidad del proyecto Especial Binacional Puyango – Tumbes.
La presente Resolución Suprema indica también que en un plazo de 30 días hábiles contados desde la instalación de la comisión, esta deberá presentar el Informe Técnico Final que contenga los resultados obtenidos al Ministerio de Relaciones Exteriores.
DISPONEN LA PUBLICACIÓN DE CIFRAS ESTIMADAS DE RECURSOS PÚBLICOS PARA EL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2009 PARA LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES (REGRESAR)
Mediante Resolución Directoral Nº 003-2008-EF/65.01 de fecha 23 de Julio de 2008 y publicada el 24 de Julio del presente año, se resuelve publicar las cifras estimadas de recursos públicos para el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2009 para los Gobiernos Regionales y Locales cuyos montos se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución:
Anexo 1: Transferencias por concepto de Canon Minero y Regalía Minera
La presente Resolución Directoral, indica también que las cifras a las que se refiere el artículo 1º de la resolución son referenciales y en ningún caso vinculantes por estar sujetas a cambios en función a las Recursos Ordinarios y Recursos Determinados efectivamente recaudados, a las modificaciones que se puedan dar en la normatividad vigente y a las variaciones de los indicadores utilizados.
El anexo mencionado en la presente resolución no ha sido publicado en la edición de hoy 24 de Julio de 2008 del diario oficial El Peruano, sin embargo pueden visualizarse en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas.
DESIGNAN MIEMBRO DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INGEMMET (REGRESAR)
Mediante Resolución Suprema Nº 032-2008-EM de fecha 23 de Julio de 2008 y publicada el 24 de Julio del presente año, se resuelve dar por concluida la designación del señor Churchill Feliciano Vela Velásquez, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; designándose al señor Nemesio Benjamín Morales Amao como nuevo miembro del Consejo Directivo del INGEMMET.
ESTABLECEN DISPOSICIONES DIRIGIDAS A TITULARES DE PLANTAS DE HARINA Y ACEITE DE PESCADO Y DE HARINA RESIDUAL DE PESCADO, A FIN DE REALIZAR LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA PARA MITIGAR SUS EMISIONES AL MEDIO AMBIENTE. (REGRESAR)
Mediante Resolución Ministerial Nº 621-2008-PRODUCE de fecha 23 de Julio de 2008 y publicada el 24 de Julio del presente año, resuelve que al ser ineficiente las medidas para la reducción y mitigación de la contaminación ambiental por gases, vahos y material particulado expulsado al medio ambiente por las empresas pesqueras de harina y aceite de pescado, generando problemas en la salud de la población circundante y conflictos socio-ambientales; los titulares de las plantas de harina y aceite de pescado y de harina residual de pescado están obligados a realizar innovación tecnológica para mitigar sus emisiones al medio ambiente de acuerdo al siguiente cronograma:
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PUERTOS
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PLAZO
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Chimbote, Callao, Chancay y Pisco
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31 de Diciembre de 2009
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Coishco, Paita, Salaverry y Chicama
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31 de Diciembre de 2010
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Bayovar, Sechura, Supe, Santa, Casma, Huarmey, Mollendo e Ilo
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31 de Diciembre de 2011
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Végueta, Carquín, Huacho, Tambo de Mora, Atico, La Planchada y otros
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31 de Diciembre de 2012
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La presente Resolución Ministerial indica que los titulares de las plantas de harina y aceite de pescado y de harina residual de pescado están obligados a cumplir las siguientes disposiciones dirigidas a mitigar las emisiones de gases, vahos y el material particulado al medio ambiente:
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Las plantas de harina y aceite de pescado y de harina residual de pescado deben sustituir el sistema de operación de secado directo por el de secado indirecto, eliminando y/o mitigando las emisiones al medio ambiente.
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Las plantas de harina y aceite de pescado y de harina residual de pescado deben aprovechar los vahos de secado como fuente de energía en la planta evaporadora de agua de cola de película decente.
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Las plantas de harina y aceite de pescado y de harina residual de pescado deben eliminar las emisiones fugitivas de gases y vahos de los equipos básicos y complementarios del proceso, mediante un adecuado sistema de condensación
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Las plantas de harina y aceite de pescado y de harina residual de pescado deben cambiar el sistema de combustible de petróleo residual por el de gas natural, en los lugares que cuenten con líneas de abastecimiento.
La presente resolución también indica q los titulares de las plantas de harían y aceite de pescado y de harina residual de pescado tienen un plazo de 120 días contados desde el día siguiente a la publicación la mencionada Resolución Suprema para presentar un cronograma de inversiones de innovación tecnológica a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, para su aprobación correspondiente.
Los titulares de las plantas de harina y aceite de pescado y de harina residual de pescado que presenten Estudios de Impacto Ambiental para su traslado están obligados a implementar las medidas de innovación tecnológica aprobada por la presente Resolución Ministerial.
AMPLÍAN ÁREA DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE LA ANCHOVETA DISPUESTA MEDIANTE LA R.M. Nº 605-2008-PRODUCE (REGRESAR)
Mediante Resolución Ministerial Nº 622-2008-PRODUCE de fecha 23 de Julio de 2008 y publicada el 24 de Julio del presente año, se resuelve ampliar el área de suspensión de las actividades extractivas de la anchoveta dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 605-2008-PRODUCE, a toda el área de extensión comprendida entre los 16º30’00’’ y los 17º29’59’’ Latitud Sur.
Se indica también que las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones o Gerencias Regionales de la Producción del litoral con competencia pesquera, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y la Autoridad Portuaria Nacional velarán por el cumplimiento de lo dispuesto de la presente resolución.
DESIGNAN VOCAL SUPLENTE DEL TRIBUNAL DE APELACIONES Y SANCIONES EN TEMAS DE ENERGÍA Y MINERÍA – TASTEM (REGRESAR)
Mediante Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería OSINERGMIN Nº 569-2008-OS/CD de fecha 23 de Julio de 2008 y publicada el 24 de Julio del presente año, se resuelve designar por un periodo de 2 años, al señor Dr. Mario Antonio Nicolini Del Castillo, en el cargo de vocal suplente del Tribunal de Apelaciones y Sanciones en Temas de Energía y Minería – TASTEM.
EXONERAN DE PROCESO DE SELECCIÓN LA EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN DE OBRA DE MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE LAGUNA DE OXIDACIÓN DE AGUAS RESIDUALES (REGRESAR)
Mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2008-CMC de fecha 11 de Julio de 2008 y publicada el 24 de Julio del presente año, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Copa adopta aprobar el expediente técnico y la exoneración del proceso de la obra de mejoramiento de infraestructura de la laguna de oxidación de aguas residuales del C.P Copa en el Distrito de Cajatambo, por considerarse una necesidad actual y urgente, declarándose en situación de emergencia.
Se dispone por este Acuerdo de Concejo, la remisión de una copia de la misma y de los informes técnicos que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. La ejecución del presente acuerdo estará a cargo del Comité Especial de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Copa de Cajatambo.
Lima, 24 de Julio de 2008
DERECHO, AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
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