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  Agosto 2008
NOTA INFORMATIVA Nº 717
 
 

Presentación

Estimados amigos, mediante la presente les remitimos la Nota Informativa DAR Nº 717 correspondiente al 2, 3, 4, 5 de Agosto de 2008, la cual ponemos a su disposición esperando que sea de su interés y utilidad.

 

“DAR es una organización que busca integrar de manera coherente aspectos sociales, ambientales y económicos, en la definición de una visión de desarrollo sostenible del país”
 
 
 
NOTA INFORMATIVA Nº 717-2008-DAR


 
NORMAS:

02 de Agosto

03 de Agosto

02 de Agosto

CONSTITUYEN GRUPO DE TRABAJO TÉCNICO DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y CAMBIO CLIMÁTICO (REGRESAR)

Mediante Resolución Ministerial Nº 0647-2008-AG de fecha 31 de Julio de 2008 y publicada el 2 de Agosto del presente año, se resuelve constituir el Grupo de Trabajo Técnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climático, que se encargará  de proponer la visión sectorial del cambio climático en los sistemas productivos agrarios del país y recomendar medidas que orienten procesos y acciones para la adaptación al cambio climático, reduciendo la vulnerabilidad del agro y contribuyendo a la seguridad alimentaria del Perú.

Este Grupo de Trabajo dependerá del Ministerio de Agricultura que le brindara el apoyo técnico, administrativo y los recursos para llevar a delante su tarea. Este Grupo estará formado por:

  • El Viceministro de Agricultura o su representante quien lo presidirá
  • Un representante del Despacho Viceministerial quien actuará como secretario Técnico
  • Un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA
  • Un representante de la Oficina General de Planificación Agraria del Ministerio de Agricultura
  • Un representante de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura
  • Un representante del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos – PRONAMACHCS
  • Un representante de la Unidad de Agronegocios del Ministerio de Agricultura
  • Un representante del Programa de Encauzamiento de Ríos y Protección de Estructura de Captación – PERPEC, del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA
  • Un representante de la Dirección General de Promoción Agraria del Ministerio de Agricultura
  • Un representante del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, y
  • El Jefe de la Unidad de Defensa Nacional del Ministerio de Agricultura

Los citados miembros del Grupo de Trabajo serán designados respectivamente mediante resolución del Titular de la entidad que corresponda. Asimismo, estos a su vez, podrán solicitar la participación y colaboración de profesionales que se dedican a esta área temática.


ANEXO DE RESOLUCIÓN MINISTERIAL QUE DECLARÓ CONCLUIDO PROCESO DE EFECTIVIZACIÓN DE LA TRANSFERENCIA EN MATERIA AGRARIA DE DIVERSAS FUNCIONES ESPECÍFICAS AL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA (REGRESAR)

Mediante Resolución Ministerial 0595-2008-AG, publicada el 1 de Agosto de 2008, resuelve declarar  concluido el Proceso de Efectivización de la Transferencia en materia agraria de las Funciones Específicas consignadas al Gobierno Regional de Arequipa. La mencionada Resolución Ministerial Constaba de un Anexo que ha sido publicado en la edición del sábado 2 de Agosto del presente año.

INDICES DE DISTRIBUCIÓN DE LA REGALÍA MINERA CORRESPONDIENTES AL MES DE JUNIO DE 2008 (REGRESAR)

Mediante Resolución Ministerial Nº 484-2008-EF/15 de fecha 1 de Agosto de 2008 y publicada el 2 de Agosto del presente año, se resuelve aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondiente al mes de Junio de 2008 a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del país beneficiados con al Regalía Minera.

Se ha publicado como anexo a la presente resolución en la edición del 2 de Agosto de 2008 del diario oficial El Peruano, El cuadro de Índices de Distribución Regalía Minera Junio de 2008.

DECLARAN LA EXISTENCIA DE CONGESTIÓN EN EL SUMINISTRO DE GAS NATURAL PARA FINES DE GENERACIÓN ELÉCTRICA HASTA EL 30 DE SETIEMBRE DE 2009 (REGRESAR)

Mediante Resolución Ministerial Nº 358-2008-MEM/DM de fecha 31 de Julio de 2008 y publicada el 2 de Agosto del presente año, se resuelve declarar la existencia de congestión en el suministro de gas natural hasta el 30 de setiembre de 2009, fecha en la cual la empresa transportadora de gas, Gas del Perú S.A. aumente la capacidad del gasoducto de 280 MMPCD a 380 MMPCD con lo cual el problema de congestionamiento se resolvería.

Se indica también en esta Resolución Ministerial que hay un plazo de 15 días hábiles desde su entrada en vigencia para que los Generadores Eléctricos comuniquen al COES los acuerdos a que se refiere el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 1041 que se aplicaría en casos de congestionamiento; en caso no se comunique los acuerdos o que no cumplan con el criterio de eficiencia y una ves vencidos los 15 días el COES ejercerá las atribuciones señaladas en el artículo 4º del DL. Nº 1041.

APRUEBAN TEXTO DEL CONTRATO DE GARANTIA DE PERMANENCIA EN EL REGIMEN DE LÍMITES MÁXIMOS DE CAPTURA POR EMBARCACIÓN - LMCE (REGRESAR)

Mediante Resolución Ministerial Nº 628-2008-PRODUCE de fecha 1 de Agosto de 2008 y publicada el 2 de Agosto del presente año, se resuelve Aprobar el texto del Contrato de Garantía de Permanencia en el Régimen de Límites Máximos de Captura por Embarcación – LCME, de acuerdo a lo indicado en el Decreto Legislativo Nº 1084. El texto aprobado se encuentra publicado como anexo de la presente resolución en la edición del sábado 2 de Agosto de 2008 del diario oficial El Peruano.

SUSPENDEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DEL RECURSO ANCHOVETA EN ÁREA DEL DOMINIO MARÍTIMO (REGRESAR)

Mediante Resolución Ministerial NC 651-2008-PRODUCE de fecha 1 de Agosto de 2008 y publicada el 2 de Agosto del presente año, se resuelve suspender las actividades extractivas de recursos anchoveta, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente resolución por un periodo de 10 días calendario en las siguiente áreas:

  • Entre los 16º30’00’’ – 16º59’59’’ Latitud Sur, dentro de las 20 millas de la costa
  • Entre los 17º30’00’’ – 17º59’59’’ Latitud Sur, dentro de las 10 millas de la costa

Esta decisión se ha tomado por la alta incidencia de juveniles al 30 de Julio del presente año en la citada área. También se encarga por la presente resolución a las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como a las Direcciones o Gerencias Regionales de la Producción del litoral con competencia pesquera, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y Autoridad Portuaria Nacional; velar por el cumplimiento de la presente resolución.

3 de Julio

PRECISAN DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ ADJUNTARSE A LAS CONSULTAS QUE FORMULEN ARMADORES PESQUEROS Y DISPONEN LA PUBLICACIÓN DEL ‘‘REPORTE DE DESCARGAS’’ (REGRESAR)

Mediante Resolución Ministerial Nº 634-2008-PRODUCE de fecha 1 de Agosto de 2008 y publicada el 3 de Agosto del presente año, se resuelve disponer la publicación en el diario oficial El Peruano la data consignada en el link ‘’Reporte de Descargas’’, y prorrogar por 5 días hábiles, el plazo previsto en el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 616-2008-PRODUCE, el mismo que vencerá el 21 de Agosto de 2008.

También se precisa en la presente resolución  que deberá adjuntarse además de la documentación  a la que se refiere el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 616-2008-PRODUCE, las declaraciones Juradas de las capturas realizadas, que debieron presentar los titulares ante la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción.

Se ha publicado como anexo a la presente resolución la data mencionada anteriormente, en la edición del 3 de Agosto de 2008 del diario oficial El Peruano.


Lima, 5 de Agosto de 2008
DERECHO, AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Jr. Coronel Zegarra Nº 260
Jesús María, Lima, Perú.
www.dar.org.pe
Telefax: 511-2662063

 

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