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“DAR es una organización que busca integrar de manera coherente aspectos sociales, ambientales y económicos, en la definición de una visión de desarrollo sostenible del país”
NOTA INFORMATIVA Nº 738-2008-DAR
NORMAS:
12 de Septiembre
13 de Septiembre
14 de Septiembre
15 de Septiembre
12 de Septiembre
OTORGAN CONCESIÓN TEMPORAL A FAVOR DE CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A. PARA DESARROLLAR ESTUDIOS A NIVEL DE FACTIBILIDAD RELACIONADOS A LA ACTIVIDAD DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELECTRICA (REGRESAR)
Mediante Resolución Ministerial Nº 403-2008-MEM/DM, de fecha 2 de Septiembre de 2008 y publicada el 12 de Septiembre del presente año, se resuelve otorgar concesión temporal a favor de CONSORCIO ENEGÉRICO DE HUANCAVELICA S.A., que se identificará con el código Nº 21161808, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad, relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica.
Se indica, que el concesionario esta obligado a realizar estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación.
Dichos estudios se realizarán dentro de la zona delimitada por las siguientes coordenadas:
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VERTICE
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ESTE
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NORTE
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1
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198 422,00
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9 374 626,00
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2
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209 222,00
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9 374 626,00
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3
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209 222,00
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9 370 126,00
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4
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198 422,00
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9 370 126,00
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PRORROGAN ESTADO DE EMERGENCIA EN EL CERRO TAMBORAQUE EN LA PROVINCIA DE HUAROCHIRÍ, DECLARADO MEDIANTE D.S. Nº 050-2008-PCM (REGRESAR)
Mediante el Decreto Supremo Nº 064-2008-PCM, de fecha 11 de Septiembre de 2008 y publicado el 12 de Septiembre del presente año, se resuelve prorrogar por el término de 60 días, contados a partir del 17 de Septiembre de 2008, el estado de emergencia en el cerro Tamboraque, del distrito de San Mateo de Huanchor, de la provincia de Huarochirí del departamento de Lima, que fue declarado mediante el Decreto Supremo Nº 050-2008-PCM.
El motivo de la declaración de estado de emergencia, es el alto riesgo de deslizamiento que puede arrastrar los relaves y plantas de beneficio de la Concentradora Tamboraque perteneciente a la compañía Minera San Juan (Perú) S.A., pudiendo afectar la carretera central, vías férreas y el propio río Rímac.
Se indica también que los organismos involucrados, como el Instituto Nacional de Defensa Civil, El Ministerio de Agricultura, Ministerio de Ambiente, El Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Salud, Ministerio de Transporte y Comunicaciones, OSINERGMIN y otros; seguirán realizando las acciones necesarias para reducir los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas afectadas.
APRUEBAN TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL MINISTERIO A FAVOR DE LA EPS SEDALORETO S.A. PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE DE LA CIUDAD DE IQUITOS” (REGRESAR)
Mediante Resolución Ministerial Nº 544-2008-VIVIENDA, de fecha 11 de Septiembre de 2008 y publicada el 12 de Septiembre del presente año, se resuelve aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua para Todos, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillados de Loreto S.A. – EPS SEDALORETO S.A. ; por la suma de S/. 5 132 696,00.
Esta transferencia se hace con el fin de cofinanciar exclusivamente la ejecución de la obra ‘‘Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable de la Ciudad de Iquitos’’ en lo referente a las valorizaciones 17 y 18 del Contrato de Obra Nº 0014-2006/EPD SEDALORETO S.A. Por este motivo se prohíbe a la EPS SEDALORETO S.A. efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos.
El desembolso de la suma a entregar se efectuará de acuerdo al cronograma establecido en el Anexo A que forma parte de la citada Resolución y que ha sido publicada en la edición del 12 de Septiembre del 2008 del diario oficial El Peruano.
Se indica también que la transferencia aprobada solo se efectivizará luego que la EPS SEDALORETO presente al Programa Agua para Todos el Contrato de Ejecución de Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avances de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto.
Agregar la R.M. Nº 403-2008-MEM/DM: El Estudio a nivel de Factibilidad deberá de realizarse respetando las normas ambientales
CREAN LA COMISIÓN REGIONAL MULTISECTORIAL CONSULTIVA Y DE MONITOREO DEL PROGRAMA DE DEFENSA DEL TERRITORIO REGIONAL, RECURSOS NATURALES E IDENTIDAD CULTURAL (REGRESAR)
Mediante Ordenanza Regional Nº 023-2007-CR/GRM, de fecha 20 de Diciembre de 2007 y publicada el 12 de Septiembre del presente año, se resuelve declarar como prioridad del Desarrollo Regional del Gobierno Regional Moquegua, el programa de Conocimiento y Desarrollo del Territorio Regional, Recursos Naturales e Identidad Cultural a desarrollarse en las instituciones educativas de la región y que permitan el fortalecimiento de la identidad regional y consolidación del proceso de descentralización.
Por esta razón, el Gobierno Regional crea la Comisión Regional Multisectorial Consultiva y Monitoreo del Programa de Defensa del Territorio Regional, Recursos Naturales e Identidad Cultural, que permitan el fortalecimiento de la identidad regional y la consolidación del proceso de descentralización.
Dicha comisión, estará conformada por representantes del Gobierno regional, Gobiernos Locales y de la Sociedad Civil organizada dentro del ámbito regional y local. Se encarga a su vez a la Gerencia regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Moquegua y a la Dirección Regional de Moquegua elaborar el programa antes mencionado, en un plazo de 60 días, a partir de la publicación de la citada Ordenanza Regional.
13 de Septiembre
AUTORIZAN CAMPAÑA DE CAPTURA Y ESQUILA DE VICUÑAS VIVAS CON FINES PRODUCTIVOS, DE TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE FIBRA, Y APRUEBAN CRONOGRAMA ANUAL DE LA CAMPAÑA 2008 (REGRESAR)
Mediante resolución Jefatural Nº 42-2008-AG-CONACS, de fecha 13 de Mayo de 2008 y publicada el 13 de Septiembre del presente año, se resuelve autorizar oficialmente la campaña de captura y esquila de vicuñas vivas con fines productivos de transformación y comercialización de fibra, en el presente ejercicio fiscal, la que se regirá durante el periodo comprendido del 15 de Mayo al 15 de Noviembre del años 2008.
También se indica que las oficinas Regionales del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos, CONACS estarán a cargo de la supervisión de las actividades de captura y esquila de vicuñas vivas de la presente campaña.
ACEPTAN RENUNCIA Y DESIGNAN DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL INIA (REGRESAR)
Mediante Resolución Jefatural Nº 00212-2008-INIA, de fecha 12 de Septiembre de 2008 y publicada el 13 de Septiembre del presente año, se resuelve aceptar la renuncia, a partir de la fecha, del Ing. Augusto Serafín Sibille Palacios, como Director General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA.
La citada resolución, designa a partir de la fecha al Lic. Adm. Félix Antonio Quispe Rivas, en el cargo de Director General de la Oficina General de Administración del INIA.
CREAN EL SISTEMA REGIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DE LAMBAYEQUE (REGRESAR)
Mediante Ordenanza Regional Nº 020-2008-GR.LAMB/CR, de fecha 18 de Agosto de 2008 y publicada el 13 de Septiembre del presente año, se ordena la creación del Sistema Regional de Áreas de Conservación de Lambayeque, como instrumento de gestión eficaz para la conservación de la diversidad biológica existente en la Región Lambayeque, bajo los términos contenidos en el Anexo Único que forma parte de la citada ordenanza, no habiendo sido publicado el contenido del anexo en la edición del 13 de Septiembre del diario oficial El Peruano.
También conformar el Consejo de Coordinación del Sistema regional de Áreas de Conservación, como instancia de coordinación concertación, propuesta e información que promueve ka adecuada planificación dy manejo de las áreas naturales que compone el SIRACL. Este Consejo será conformado en un plazo de 60 días calendarios y estará conformado por:
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El Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, quien lo presidirá.
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El Jefe del Santuario Histórico Bosque de Pomac y Refugio de Vida Silvestre de Laquipampa - IANP - INRENA, en calidad de Secretario Técnico.
Como miembros:
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El Administrador Técnico de Forestal y Fauna Silvestre, en representación de la Dirección Regional de Agricultura.
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El Presidente de la Autoridad Autónoma de Cuenca Hidrográfica Chancay Lambayeque – Saña.
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El Decano de la Facultad de Biología de la Universidad Nacional “Pedro Ruiz Gallo”.
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El Sub Director de Extracción, Procesamiento y Control Pesquero, en representación de la Dirección Regional de Producción.
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El Director del Instituto Nacional de Cultura – Filial Lambayeque
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El Director Regional de Comercio Exterior y Turismo.
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El Presidente de la CAR Lambayeque.
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El representante de las Municipalidades Provinciales y Distritales involucradas en la temática de la conservación de la diversidad biológica.
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El representante de los organismos no gubernamentales de la Región Lambayeque involucrados en la temática de la conservación de la diversidad biológica.
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El representante de los Comités de Gestión de Bosques de Lambayeque.
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El representante de Asociaciones de Protección de Bosques de Lambayeque.
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Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos.
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El representante del Museo Sicán – Lambayeque.
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El Director de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación.
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El representante de las Comunidades Campesinas del ámbito regional con propuestas de Áreas de Conservación.
ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA COMISIÓN REGIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EN LA ACTIVIDAD ACUÍCOLA CONTINENTAL EN LA SIERRA PIURANA (REGRESAR)
Mediante Ordenanza Regional Nº 149-2008/GRP-CR, de fecha 1 de Septiembre de 2008 y publicada el 13 de Septiembre del presente año, se ordena la creación de la Comisión Regional de Promoción de la Actividad Acuícola Continental en la sierra Piura como un mecanismo de coordinación y promoción.
Esta Comisión estará conformada por:
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El Presidente Regional o su representante, quien la presidirá.
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El Gerente Regional de Desarrollo Económico, quien actuará como Secretario Técnico.
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El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.
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El Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.
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El Director de Acuicultura de la Dirección Regional de Producción.
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El Director Regional de Comercio Exterior y Turismo.
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El Director Regional de Agricultura.
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Un representante de la Cámara de Comercio y Producción de Piura.
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Un representante de PROINVERSIÓN Piura.
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El Administrador Técnico del Sub Distrito de Riego de Huancabamba.
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El Director de la Agencia Agraria de Ayabaca.
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El Administrador Técnico de Distrito de Riego del Alto Piura.
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El Decano de la Facultad de Pesquería en representación de la Universidad Nacional de Piura.
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El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huancabamba.
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El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ayabaca.
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El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Morropón
Entre sus funciones tenemos:
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Identificar a través de un diagnóstico las zonas con potencial para el desarrollo de la actividad acuícola.
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Identificar una cartera de Proyectos de Inversión para los inversionistas locales, nacionales y extranjeros.
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Elaborar un Plan de Promoción de la Actividad Acuícola.
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Elaborar un mapa del potencial acuícola de la sierra piurana.
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Elaborar un Proyecto de Inversión en el marco del SNIP para impulsar la producción y comercialización de los productos hidrobiológicos que se deriven de la actividad acuícola de la sierra piurana.
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Elaborar un estudio para la inclusión de especialidades acorde con la acuicultura continental en el nivel técnico.
Se indica también que se dará un plazo de 60 días a la Comisión para presentar un informe de las acciones a implementar al Consejo Regional.
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL PROHÍBE RECOLECCIÓN, RECICLAJE Y MANEJO INFORMAL DE RESIDUOS SÓLIDOS (REGRESAR)
Mediante Ordenanza Nº 158-MDSM de fecha 30 de agosto y publicada el 13 de septiembre del mismo año, se prohíbe recolección, reciclaje y manejo informal de residuos sólidos sin autorización municipal a las personas naturales que practican estas actividades luego que los generadores de residuos sólidos, lo disponen en los lugares establecidos por la municipalidad para su transporte y disposición final a cargo de la empresa prestadora del servicio de recolección municipal, bajo el apercibimiento de la imposición de sanciones pecuniarias y medidas complementarias a que hubiere lugar:
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SANCIÓN |
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CODIGO
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INFRACCIÓN
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INFRACTOR
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UIT
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MEDIDA COMPLEMENTARIA
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ÓRGANO COMPETENTE
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| 1616 |
Por recolección, reciclaje y segregación de residuos sólidos sin autorización municipal de los lugares en donde se realizan el recojo de residuos sólidos por parte de la empresa recolectora prestadora de servicios
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Ejecutante
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15%
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Retención del vehiculo o triciclo que utilize para el acto e internamiento del mismo
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Policía Municipal y Control a la Ciudad
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| 1617 |
Por usar inmuebles como deposito para almacenar la recolección reciclaje y segregación de residuos sólidos sin autorización municipal |
Guardián o Administrador |
50% |
Clausura
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Policía Municipal y Control a la Ciudad
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| 1618 |
Por transportar por la vía pública los residuos sólidos reciclados, en vehículos menores no motorizados (triciclos, bicicletas o vehículos menores o similares) o motorizados no autorizados |
Transportista
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50%
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Retención del vehiculo o triciclo que utilice para el acto e internamiento del mismo
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Policía Municipal y Control a la Ciudad |
Esta medida se debe a que las personas naturales aludidas, tienen como propósito obtener la recuperación de objetos materiales y residuos inorgánicos, para conseguir, a cambio de estos, dinero o en su defecto, para alimentar animales con los residuos inorgánicos, sin el debido tratamiento, causando en ambos casos, problemas en la recolección y generando un tratamiento inadecuado de los residuos, atentatorio contra la salud de las personas, la limpieza y el ornato del distrito.
14 de septiembre
DESIGNAN REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE SALUD ANTE LA COMISIÓN MULTISECTORIAL A QUE SE REFIERE LA QUINTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DEL D.LEG. Nº 1013 QUE CREA EL MINISTERIO DEL AMBIENTE (REGRESAR)
Mediante Resolución Ministerial Nº 615-2008/MINSA, de fecha 11 de septiembre de 2008 y publicada el 14 de septiembre del mismo año, se designa al Ingeniero Sanitario Javier Ernesto Hernández Campanella, Director General de la Dirección General de Salud Ambiental, como representante del Ministerio de Salud ante la Comisión Multisectorial, a que se refiere la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, que crea el Ministerio del Ambiente.
Dicha disposición es la siguiente:
QUINTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL.- TRANSFERENCIA DE FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD AMBIENTAL
Conformase una Comisión multisectorial encargada de analizar la complementación que deben tener las funciones sanitarias y ambientales y proponer, en un plazo máximo de seis meses contados a partir de su instalación, la delimitación de la funciones de la autoridad sanitaria a nivel nacional, actualmente ejercida por la Dirección General de Salud Ambiental, y las funciones del Ministerio del Ambiente, para que en ese contexto se determine las funciones que pueden ser transferidas de la Dirección de Salud Ambiental del Ministerio de Salud al Ministerio del Ambiente.
La Comisión estará conformada por tres miembros: un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá; un representante del Ministerio de Salud; y un representante del Ministerio del Ambiente.
15 de Septiembre
INGEMMET DISPONE LA PUBLICACIÓN DE CONSECIONES MINERAS CUYOS TÍTULOS FUERON APROBADOS EN EL MES DE AGOSTO DE 2008 (REGRESAR)
Mediante Resolución de Presidencia Nº 091-2008-INGEMMET/PCD, de fecha 9 de Septiembre de 2008 y publicada el 15 de Septiembre del presente año, se resuelve publicar en el diario oficial El Peruano, las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Agosto de 2008, de acuerdo a la relación adjunta que forma parte de dicha resolución.
La mencionada relación no ha sido publicada en la edición del 15 de Septiembre del diario oficial El Peruano.
GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA PUBLICA RELACIÓN DE CONCESIONES MINERAS CUYOS TÍTULOS FUERON APROBADOS EN EL MES DE AGOSTO 2008 (REGRESAR)
Mediante Resolución de Gerencia regional Nº 189-2008-GRA/GREM, de fecha 4 de Septiembre de 2008 y publicada el 15 de Septiembre del presente año, se resuelve publicar en el diario oficial El Peruano, las concesiones mineras cuyos títulos que fueron aprobados en el mes de Agosto de 2008. Los nombres de las concesiones son los siguientes:
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ENRIQUETA 2006
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ARENA DORADA Nº 4
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ARENA DORADA Nº 4
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ARENA DORADA Nº 6
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VIRGENCITA DE CHAPI ALFA II
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ZOILA CERPA TALAVERA Nº 3
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SUSY 10
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SUSY 11
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CERRO COBRE 4
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CAROLINE ESTHER I
Lima, 15 de Septiembre de 2008
DERECHO, AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Jr. Coronel Zegarra Nº 260
Jesús María, Lima, Perú.
Telefax: 511-2662063
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