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Sábado, 20 de junio
Domingo, 21 de junio
Avisos de curso legal
Aprueban Normas Reglamentarias para la Distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación del Petróleo y Gas en los departamentos de Piura y Tumbes (Regresar)
Emitida: 19 de junio del 2009
Publicada: 20 de junio del 2009
Mediante Decreto Supremo Nº 138-2009-EF aprueban las normas reglamentarias para la distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes.
El Reglamento para la distribución del canon y sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes consta de siete (07) artículos: Objeto, distribución del canon en el departamento de Piura, distribución del canon en el departamento de Tumbes, distribución del sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, determinación de los índices de distribución y distribución correspondiente a las universidades nacionales, asignación financiera de recursos, y sobre la utilización de los recursos. Además, el Reglamento consta de dos (02) disposiciones complementarias finales las cuales pueden verse en la página 397834 del Diario Oficial El Peruano.
Emitida: 19 de junio del 2009
Publicada: 20 de junio del 2009
Mediante Decreto Supremo Nº 052-2009-EM modifican el artículo 6º del Reglamento de Cogeneración, aprobado por Decreto Supremo Nº 037-2006-EM, en los términos siguientes:
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Antes
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Modificada
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“Artículo 6.- Precio de gas natural aplicable al Cogenerador
Tanto el precio de Gas Natural como las tarifas de la Red Principal aplicables a los Cogeneradores para las Centrales de Cogeneración Calificadas, serán los mismos que corresponden para “Generadores Eléctricos” conforme a la Ley Nº 27122, Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-99-EM.”
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“Artículos 6.- Precio de gas natural aplicable al Cogenerador
Tanto el precio de Gas Natural como las tarifas de Transporte y Distribución de Gas aplicables a los Cogeneradores para las Centrales de Cogeneración Calificadas, serán los mismos que corresponden para “Generadores Eléctricos” conforme a lo dispuesto por la Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, Ley Nº 27133 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-99-EM.
El Cogenerador podrá contratar el suministro, transporte y distribución de gas natural que requiera para su uso propio y para el uso de la actividad productiva asociada a dicha cogeneración. Para estos efectos, se deberá contar con sistemas o equipos de medición independientes que permitan diferenciar el gas consumido tanto para cogeneración como para la actividad productiva asociada a dicha cogeneración.
Lo establecido en el primer párrafo del presente artículo es aplicable únicamente al volumen de gas consumido para la cogeneración.”
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Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta en zona del litoral (Regresar)
Emitida: 19 de junio del 2009
Publicada: 20 de junio del 2009
Mediante Resolución Ministerial Nº 259-2009-PRODUCE suspenden las actividades extractivas del recurso anchoveta a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación por un periodo de cinco (05) días calendario en las áreas comprendidas entre los 13º00’00” – 13º 59’59” Latitud Sur (Cerro Azul – Zarate), debido al incremento de juveniles en el área.
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de mayo del 2009 por el Gobierno Regional de Arequipa (Regresar)
Emitida: 08 de junio del 2009
Publicada: 20 de junio del 2009
Mediante Resolución de Gerencia Regional Nº 072-2009-GRA/GREM publican en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de mayo de 2009 por el Gobierno Regional de Arequipa.
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Concesión
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Titular
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Resolución Jefatural
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Fecha
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CABALLO LOCO I
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MINERA M&M COTAR E.I.R.L.
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065-2009-GRA/GREM
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26-05-09
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CABALLO LOCO II
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MINERA M&M COTAR E.I.R.L.
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066-2009-GRA/GREM
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26-05-09
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BELLA AUSTRAL
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COMPAÑÍA MNERA ELOHIM S.A.C.
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067-2009-GRA/GREM
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26-05-09
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PALMAS DE ORO DOS
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HERLINDA PUMA MASCO
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068-2009-GRA/GREM
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26-05-09
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FLOR CAÑON DE CHITE I
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ROSALÍA CCALLO CHILE
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069-2009-GRA/GREM
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26-05-09
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MARCELO 2008
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JHON ADALBERTO PONCE INFANTES
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070-2009-GRA/GREM
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26-05-09
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KOBO 7
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MARMIN S.A.
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071-2009-GRA/GREM
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29-05-09
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Modifican Normas de Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos(Regresar)
Emitida: 20 de junio del 2009
Publicada: 21 de junio del 2009
Mediante Decreto Supremo Nº 052-2009-EM modifican el artículo 16º del reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 045-2001-EM por el texto siguiente:
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Antes
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Modificada
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“Artículo 16.- Almacenamiento de Hidrocarburos
Los Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos deberán ser almacenados en Tanques, debiendo cumplirse con el Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento de Hidrocarburos o la norma que lo sustituya.
Artículo 16A.- Únicamente aquellas Personas que se encuentren inscritas en el Registro de Empresas Cubicadoras del OSINERG, podrán prestar servicios de cubicación de los tanques de cara montados sobre vehículos automotores, semirremolques y remolques, destinados al transporte de combustibles líquidos y otros productos derivados de hidrocarburos.
Para tal efecto, el OSINERG establecerá el procedimiento correspondiente para la inscripción.”
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“Artículos 16.- Almacenamiento de Hidrocarburos
Los Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos a granel deberán ser almacenados en Tanques, debiendo cumplirse con el Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento de Hidrocarburos o la norma que lo sustituya.
Los Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos envasados, cuando se requiera para su almacenamiento o manipuleo, deberán ser tamboreados y almacenados, de acuerdo a lo establecido en la norma NFPA 30, en lo que corresponda.
Los Estudios de Riesgos de los establecimientos que almacenen Combustibles Líquidos y OPDH, deben estar sustentados en la evaluación de las condiciones de seguridad, ambientales y de salud ocupacional de todo el establecimiento, debiendo considerar de manera integral los efectos y consecuencias de la operación de otros productos y/o sustancias que se encuentren bajo el ámbito de competencia del presente Reglamento”
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Además los operadores de Plantas de Abastecimiento e instalaciones de Consumidores Directos de Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos existentes al momento de la publicación del Decreto Supremo Nº 045-2005-EM, tendrán un plazo máximo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la vigencia del Decreto Supremo, para obtener su inscripción definitiva en el Registro de Hidrocarburos.
Emitida: 19 de junio del 2009
Publicada: 21 de junio del 2009
Mediante Resolución Suprema Nº 047-2009-EM dan por terminado, a partir de la fecha, el encargo efectuado en el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 041-2009-EM, y designan al señor ingeniero Luis Fernando Gala Soldevilla, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza.
Participación Ciudadana – Audiencia Pública sobre el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado del proyecto: “Nuevo Depósito de Relaves de la U.E.A., Pasto Bueno”, presentado por la empresa Minera Málaga Santolalla S.A.C. (Regresar)
Publicado: Lunes, 22 de junio del 2009
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Título
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Audiencia Pública sobre el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado del proyecto: “Nuevo Depósito de Relaves de la U.E.A., Pasto Bueno”
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Presentado por:
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Minera Málaga Santolalla S.A.C.
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Paraje:
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Jajarajau
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Distrito:
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Pampas
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Provincia:
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Pallasca
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Departamento:
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Ancash
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Detalles:
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La Audiencia Pública se llevará a cabo:
Día: 04 de agosto del 2009
Hora: 10:00 a.m.
Lugar: Salón de Usos Múltiples de la Municipalidad Distrital de Pampas
Sito: Plaza de Armas distrito de Pampas, Provincia de Pallasca.
El Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado del Proyecto podrá ser consultado y obtener una copia del Resumen Ejecutivo previa solicitud en:
a) La Dirección Regional de Energía y Minas de Ancash.
Sito en Campamento Vichay s/n, distrito de Independencia, provincia de Huaraz.
b) La Municipalidad Provincial de Pallasca.
Sito en el distrito de Cabana.
c) La Municipalidad Distrital de Pampas.
Sito Plaza de Armas, distrito de Pampas.
d) La Comunidad Campesina de pampas.
La empresa Minera Málaga Santolalla S.A.C. cuenta con una oficina local de atención al público en la Plaza de Armas del distrito de Pampas, donde pone a disposición del público información acerca del EIA Sd.
Toda persona podrá presentar ante la Dirección Regional de Energía y Minas de Ancash, sus aportes, comentarios u observaciones con respecto del EIA Sd hasta el día 03 de setiembre del 2009.
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Participación Ciudadana – Taller Participativo antes de la Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) sobre la construcción y operación de un almacén de concentrado de minerales, presentada por Louis Dreyfus Commodities Metals Peru S.A., a ubicarse en la Provincia Constitucional del Callao (Regresar)
Publicado: Domingo, 21 de junio del 2009
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Título
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Taller Participativo antes de la Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) sobre la construcción y operación de un almacén de concentrado de minerales
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Presentado por:
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Louis Dreyfus Commodities Metals Peru S.A.
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Distrito:
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Callao
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Provincia:
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Constitucional del Callao
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Detalles:
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El Taller Participativo antes de la elaboración del EIA se llevará a cabo:
Día: 01 de julio del 2009
Hora: 18:00 horas
Lugar: Auditorio del Gobierno Regional del Callao.
Sito en: Av. Elmer Faucett 3970, Callao, Provincia Constitucional del Callao.
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Participación Ciudadana – Modificación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Arasi” (Regresar)
Publicado: Miércoles 17 de junio del 2009
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Título
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Modificación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Arasi”
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Presentado por:
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Arasi S.A.C.
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Distrito:
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Cerros Quinsachota y Huarucani
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Provincia:
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Ocuviri
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Departamento:
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Lampa
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Detalles:
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Los Talleres de la Modificación del EIA se llevarán a cabo::
El Día: 07 de julio del 2009
Hora: 10:00 horas
Lugar: Parina
Sito en: Local Comunal
El Día: 08 de julio del 2009
Hora: 10:00 horas
Lugar: Jatun Ayllu
Sito en: Local Comunal
El Día: 09 de julio del 2009
Hora: 10:00 horas
Lugar: Vilcamarca
Sito en: Local Artesanal de Vilcamarca
En dichos lugares, la empresa realizará la distribución de material informativo referido a la modificación del proyecto Arasi.
El estudio ambiental se encuentra a disposición del público y podrá ser consultado en:
a. La Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (GGAAM) del Ministerio de Energía y minas, ubicado en Av. Las Artes Sur Nº 260, Distrito de San Borja, provincia y Departamento de Lima. Teléfono 618-8700.
b. Dirección general de Energía y Minas (DREM) de Puno.
c. Municipalidad Distrital de Ocuviri.
d. Municipalidad Provincial de Lampa.
e. Comunidad de Parina.
f. Comunidad de Jatun Ayllu.
g. Comunidad de Vilcamarca.
h. La versión electrónica del Resumen Ejecutivo del Proyecto se puede consultar en: http://www.minem.gob.pe/dgaam/inicio_resumen_eia.asp
El pedido de copias de la Modificación del EIA y del Resumen Ejecutivo podrá solicitarse a las autoridades indicadas líneas arriba.
Los aportes, comentarios u observaciones por escrito a la modificación del EIA podrán ser presentados ante el Ministerio de Energía y Minas hasta el día 10 de agosto del 2009, debiendo ser dirigidas a la Directora General de Asuntos Ambientales Mineros.
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Lima, 22 de junio del 2009
DERECHO, AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Jr. Coronel Zegarra Nº 260
Jesús María, Lima, Perú.
Telefax: 511-2662063
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