Observaciones a Cuarto Paquetazo evidenciarían insuficientes salvaguardas socio-ambientales

Mar 13, 2015 | Noticias

El pre dictamen de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE) del Congreso al Proyecto de Ley N°3941, comprometería al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

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  • Es necesario que pre dictamen incorpore que se concluyan los procesos de saneamiento físico y legal de los pueblos indígenas y afrodescendientes para evitar la vulneración de sus derechos colectivos.
  • Autoridades Competentes como el MINEM serían los encargados temporales de integrar permisos ambientales a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en proyectos de gran envergadura.

Lima, 13 de marzo de 2015.- El pre dictamen de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE) del Congreso al Proyecto de Ley N°3941, comprometería al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Además, NO contaría con suficientes salvaguardas para proteger los territorios de los pueblos indígenas en lo referente a los títulos de servidumbre, protección de derecho de vía y la expropiación de bienes inmuebles para proyectos de gran envergadura, ya que no especifica la no afectación a los territorios de los pueblos indígenas que se encuentren en proceso de reconocimiento o titulación.

 

Por ello, recomendamos que el pre dictamen no se apruebe sin incluir las siguientes garantías:

 

  1. Concluir los procesos de saneamiento físico y legal territorial de pueblos indígenas y afrodescendientes para evitar que la norma afecte los derechos colectivos sobre sus tierras y territorios.
  2. Base de datos georreferenciada y actualizada de los territorios de los pueblos indígenas, comunidades nativas y campesinas, en proceso de reconocimiento y/o titulación, la misma que debe ser compartida por los organismos públicos especializados que ayude a la toma de decisiones en la promoción de la inversión.
  3. Plan de fortalecimiento institucional de las autoridades competentes y a los organismos públicos especializados para manejo de información completa y actualizada.

 

Sobre la Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles

 

Otro aspecto grave del documento, que debe ser eliminado, es la incorporación de la PRIMERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA, la cual señala que en tanto se implemente el procedimiento de Certificación Ambiental Global (CAG) –diseñado para el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE)–, los encargados temporales de integrar en los EIA los títulos habilitantes (permisos ambientales generalmente otorgados, por instituciones como ANA o SERFOR, luego de la aprobación del EIA) serán las autoridades sectoriales a cargo de evaluar los EIA detallados o semidetallados, es decir, instituciones como el Ministerio de Energía y Minas (MINEM).

 

Así se pierde la esencia de crear este mecanismo para el SENACE como un ente independiente, dar esta labor a instituciones sectoriales aumentaría las funciones que esta entidad ya tiene, a la vez de convertirlo en juez y parte en la certificación ambiental. Además, prohíbe a las autoridades formular nuevas observaciones sobre las ya formuladas durante la evaluación de la CAG y que quedaron pendientes de subsanación, siendo necesario que esto también se elimine. Asimismo, no se señala que la Línea de Base Compartida cuente con información necesariamente actualizada.

 

Regazos del Paquetazo Ambiental (Ley N° 30230)

 

En la elaboración del pre dictamen tampoco se habría analizado la situación y capacidad de las instituciones que participan en la evaluación ambiental, por lo que propone dar toda la responsabilidad al funcionario si no cumple con las disposiciones de la nueva ley y de la 30230 (como la simplificación de procedimientos), por lo que incurriría en falta grave siendo objeto de un procedimiento administrativo sancionador.

 

La sociedad civil estará atenta a las decisiones de la CPAAAAAE, cuyo deber es generar un dictamen que garantice los máximos estándares socio-ambientales, respetando los derechos de los pueblos indígenas (en especial, su derecho al territorio) y la institucionalidad del SEIA, que debe ser impulsada por el SENACE.

 CRONOLOGÍA DEL PROYECTO DE LEY

(Nota al editor) 

  • El proyecto de ley N° 3941/2014-PE que propone la Ley de Promoción de las Inversiones para el crecimiento económico y desarrollo sostenible en las zonas de mayor exclusión social,
  • El debate del pre dictamen forma parte de la SESIÓN EXTRAORDINARIA N° 2 de la CPAAAAE y se realizará el lunes 16 de marzo, a las 15:00 horas, en el Hemiciclo del Pleno del Congreso.
  • Este proyecto de ley ingreso por el Ejecutivo en noviembre de 2014, teniendo como primera comisión dictaminadora a la Comisión de Economía Banca, Fianzas e Inteligencia Financiera (CEBFIF) y como segunda comisión a la CPAAAAE; si bien al inicio se exoneró a la CPAAAAE para la presentación de un dictamen, posteriormente regresó a dicha comisión.
  • El proyecto de ley ya cuenta con dictamen aprobatorio del la CEBFIF.
  • Puede acceder al pre dictamen del proyecto de ley 3941 aquí.

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